Partición de herencia

Este documento es necesario para realizar el cambio de titularidad de los bienes y derechos que constaban a nombre del causante. No basta, por tanto, con el testamento o el acta de declaración de herederos en que se nos nombre como tales herederos.

Estos documentos legales solamente acreditan la condición de heredero de una persona. Es preciso, por tanto, formalizar la correspondiente escritura de aceptación y partición de herencia para que se produzca el traspaso de titularidad de los bienes y derechos.

También es posible que se trate de una herencia en la que existan deudas, o de la que no quiere usted saber nada por cualquier motivo (económico, familiar, personal…). En estos casos se podrá renunciar a la misma a través de la correspondiente escritura de renuncia. Le informaremos sobre sus efectos jurídicos (sustitución, derecho de acrecer .apertura de la sucesión intestada….
si pueden darse más casos. En caso de que solo sean estos tres o antes de apertura) y su posible implicación fiscal.

Igualmente podemos encargarnos de la gestión y liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, responsabilizándonos de presentar el modelo 650 debidamente cumplimentado en la Oficina Liquidadora, dentro del plazo legal , y realizar el ingreso de la cuota tributaria, relevándole así de sus obligaciones fiscales.

 

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